Beneficio
ANSES brinda ayuda económica a desempleados: quiénes pueden pedirla y cómo se tramita
La prestación del organismo previsional está prevista para un determinado período, si se cumplen algunos requisitos. Cómo acceder y cuáles son los detalles para cobrar el beneficio estatal.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorga la Prestación por Desempleo a aquellos trabajadores en relación de dependencia que perdieron su empleo sin justa causa, como es el caso de despidos por finalización de contrato o por causas externas amparadas por la Ley de Contrato de Trabajo.
El beneficio estatal es un respaldo económico temporario que el organismo otorga mientras el trabajador busca reinsertarse en el mercado laboral, y que apunta a mitigar la caída de ingresos que genera la desvinculación.
Para acceder, ANSES exige condiciones específicas vinculadas al historial laboral y de aportes: en el caso de empleados permanentes, corresponde haber registrado al menos seis meses de trabajo con aportes dentro de los tres años previos al despido o a la finalización del contrato; para trabajadores eventuales o por temporada, el requisito es haber operado menos de 12 meses en los últimos tres años y un mínimo de 90 días en el año anterior a la desvinculación.

El monto y la duración del pago de la prestación dependen de la remuneración previa y de la trayectoria de aportes en los tres años anteriores a la solicitud.
El régimen establece entre dos y 12 cuotas, con la posibilidad de extensión por seis meses adicionales para beneficiarios mayores de 45 años, conforme a los criterios establecidos por la normativa vigente.
Como parte del proceso está contemplada la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social en una entidad bancaria para el cobro mensual. Cuando el o la solicitante ya percibe otra prestación de ANSES acreditada en una cuenta bancaria, dicha cuenta se utilizará para abonar la cuota por desempleo. Y quienes dispongan de una cuenta personal pueden pedir su inclusión como destino del dinero provisto por el Estado.
Se acredita el valor de la prestación en la cuenta designada y, cuando corresponda, se les entrega una tarjeta de débito que permite operar en cajeros automáticos y realizar extracciones por ventanilla.
La normativa permite la percepción simultánea de esta prestación por desempleo junto a otras asignaciones familiares como la prenatal, la AUH, por nacimiento o adopción, la ayuda escolar anual y el beneficio por contraer matrimonio. En todos los casos deben cumplirse los requisitos específicos para cada una de ellas.
El trámite se inicia con la presentación del formulario correspondiente y los documentos correspondientes para acreditar la relación laboral que cesó y habilita al cobro del servicio, además de los aportes realizados en el último tiempo.
La documentación necesaria incluye: el DNI (original y copia) y un comprobante de estar desocupado (original y copia), que varía según el caso.
A saber:
- Despido sin justa causa: telegrama, carta documento o nota con firma certificada del empleador.
- Quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del mismo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
- Enfermedad/accidente no laboral o laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Con todo lo requerido reunido, el siguiente paso es ingresar al sitio web oficial de ANSES, entrar en "Atención Virtual" e ingresar con CUIL y Clave de la Seguridad Social (de no tenerla se puede sacar en el momento). También es posible hacer el trámite presencialmente en una oficina de ANSES, con turno previo.



