Desregulación
Colegios privados: podrán fijar cuotas sin autorización del Estado
Por medio del Decreto 787/2025, el Gobierno derogó el 2417/1993 y consideró que "corresponde revisar el marco normativo existente para favorecer un entorno más propicio para la gestión" de esos establecimientos educativos.
El Gobierno desreguló este martes los aranceles de los colegios privados que, después de más de tres décadas, podrán fijar los valores de las cuotas y matrículas sin tener que comunicarlos previamente para su autorización por parte del Estado.
La medida fue establecida a través del Decreto 787/2025 publicado en el Boletín Oficial, que derogó el 2417/1993 y que en sus considerandos advirtió que "corresponde revisar el marco normativo existente para favorecer un entorno más propicio para la gestión de los establecimientos educativos de gestión privada, garantizando así la sostenibilidad de su labor y el derecho a la educación de calidad".
El sistema instaurado hace 32 años y eliminado por la administración de Javier Milei presentaba, según el Ejecutivo, "limitaciones y requerimientos" que dificultaban la "adaptación de los institutos" alcanzados "a las realidades educativas y económicas del país".
"La intervención del Estado en la regulación y financiamiento de los establecimientos de enseñanza de gestión privada, aunque busca garantizar la calidad educativa, ha generado efectos contraproducentes que afectan su funcionamiento y viabilidad económica", alertó el Decreto.
Al respecto, señaló que el requerimiento de "comunicar los montos de matrícula y de las cuotas con anticipación considerable, junto con la obligación de obtener la autorización estatal previa para modificar dichos valores, crea una situación de incertidumbre económica para los institutos, que suelen fijar cuotas más elevadas de lo necesario por temor a enfrentar costos que no puedan ser cubiertos sin aprobación estatal".
En ese sentido, alertó que "este mecanismo de fijación de precios perjudica a las familias, quienes deben enfrentar aranceles educativos más altos desde el inicio del ciclo lectivo", a la vez que "constriñe el derecho de propiedad de los establecimientos educativos, quienes, al ser entidades privadas, deberían tener la libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados".
Además, la normativa sostuvo que "el carácter predecible y fijo de las tarifas impuestas por el Estado puede llevar a una precarización de la calidad educativa" ante la imposibilidad de "responder adecuadamente a las variaciones en los costos de insumos, salarios y otros gastos operativos".
Asimismo, subrayó que "el principio de libre contratación debe ser resguardado" para que las instituciones definan sus políticas de precios y compensaciones "en el marco de una competencia leal y en función de las demandas del mercado".



