Modernización

Compra-venta de autos: simplifican los trámites en una única ventanilla virtual

El Gobierno anunció la creación de la VUPRA que concentra el pago de aranceles, impuestos, tasas y multas vinculadas a trámites registrales. ¿A partir de cuándo estará en funcionamiento y cuál será su alcance?

El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Justicia, anunció la creación de la llamada Ventanilla Única de Pago Registral Automotor (VUPRA), un sistema que centralizará el pago de aranceles, impuestos, tasas y multas vinculadas a trámites registrales de vehículos, que apunta a reducir la burocracia a la hora de comprar y vender un auto.

Según la Resolución 572/2025 publicada este martes en el Boletín Oficial, se aplicará a quienes realicen trámites de inscripción, radicación o transferencia de vehículos, pero habrá que esperar un tiempo más. La citada norma especifica que la VUPRA recién entrará en vigencia el 1 de noviembre.

Por otro lado, si bien tendrá alcance nacional, el artículo 4 de la norma invita a las 23 provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a sumarse, y cada jurisdicción deberá asumir "el costo de la implementación y el mantenimiento del servicio, y las condiciones y requisitos necesarios para permitir la interoperabilidad con los sistemas locales, a efectos de garantizar su correcto funcionamiento".

"La Ventanilla Única de Pago Registral Automotor (VUPRA) centralizará en un sistema único el pago de los conceptos referidos en el punto 4 de los lineamientos contenidos en el presente anexo, correspondientes a los aranceles fijados para la realización de trámites registrales, y a los impuestos y las tasas vinculadas a la radicación y transferencia de dominio de los automotores, y a las multas por infracciones de tránsito derivadas del uso de aquéllos", detalla en referencia a:

a) Aranceles correspondientes a los trámites a realizarse ante los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor, la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios o las Concesionarias, conforme a lo dispuesto en la Resolución N° 314 del 16 de mayo de 2002 del ex Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y sus complementarias y modificatorias.

b) Impuestos y/o tasas relativos a la radicación y/o transferencia de dominio de los automotores.

c) Impuesto de sellos.

d) Multas por infracciones de tránsito cometidas en jurisdicción nacional o local.

A su vez aclara que "la falta de pago de los impuestos, las tasas y las multas por infracciones de tránsito no impide la prosecución del trámite registral, en los términos del tercer párrafo del artículo 9° del Régimen Jurídico del Automotor establecido por el Decreto-Ley N° 6582 del 30 de abril de 1958, ratificado por la Ley N° 14.467 (t.o. por Decreto N° 1114/97), y sus modificatorias".

"La VUPRA agilizará la percepción de aranceles y el pago de impuestos, tasas y multas por infracciones de tránsito y permitirá que las personas involucradas en el trámite registral puedan verificar la existencia de posibles deudas relacionadas a impuestos y tasas vinculados a la radicación y transferencia de dominio de los automotores, y a multas por infracciones de tránsito, con lo cual aportará claridad y transparencia a la operación registral", subraya la Resolución 572, y -en otro pasaje- insiste en que "la simplificación de los trámites beneficia directamente a las personas usuarias, fomenta la eficiencia económica y promueve una gestión pública transparente, accesible, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común".