Revés judicial

Manaos: la fabricante de bebidas deberá pagar más de $800 millones a un exempleado

La Suprema Corte de Mendoza intervino en favor de Jorge Garre, un extrabajador que denunció a la empresa por encubrir la relación laboral. La indemnización inicialmente se estableció en $1.500 millones, pero se redujo a la mitad.

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza condenó a Refres Now S.A., fabricante de las bebidas Manaos, a abonar más de $800 millones a un extrabajador que actuó como distribuidor en Mendoza, San Juan y La Pampa entre 2013 y 2022, tras considerar acreditada la existencia de una relación laboral encubierta y despido sin causa.

El reclamo se originó cuando el trabajador señaló que su vínculo había comenzado en octubre de 2013, pero que la empresa lo registró formalmente recién en 2015, y que se recurrió a acuerdos y contratos que no reflejaban la verdadera naturaleza de la relación laboral.

La Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael había fijado inicialmente una indemnización cercana a $1.500 millones, compuesta por capital, intereses y costas. Sin embargo, la compañía apeló y la causa llegó a la Corte mendocina, que redujo el monto por aplicación de una metodología distinta para el cálculo de intereses.

El tribunal, integrado por Omar Palermo, Norma Llatser y Mario Adaro, sostuvo la condena principal por despido y relación de dependencia encubierta, aplicó la tasa de préstamos de libre destino del Banco Nación para los intereses y consideró el perfil económico del trabajador al recalcular montos. Además, exigió que el pago se realice en los próximos cinco días hábiles.

"Hacer lugar parcialmente a la demanda interpuesta por el Sr. Garre Jorge Daniel, en contra de Refres Now S.A. y en consecuencia, condenar a esta última a pagar al actor en el plazo de cinco días de firme la presente resolución, la suma de $223.419.076,66 en concepto de capital, y la suma de $584.257.217,06 en concepto de intereses calculados a la fecha del dictado de la presente resolución", dictaron los magistrados en el fallo.

En el proceso quedó constancia de que el trabajador suscribió acuerdos ante el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria de la Ciudad de Buenos Aires con abogados que dijo no conocer, y que, pese a supuestas desvinculaciones, continuó prestando servicios sin interrupciones, lo que reforzó la primacía de la realidad en el análisis judicial.

Por su parte, Orlando Canido, fundador y máximo representante de la empresa, calificó el fallo como "insólito y absolutamente fuera de contexto", y expresó que la resolución no se ajusta a las circunstancias de lo sucedido.

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