Cambios

Reforma laboral: los 9 puntos centrales del proyecto que el Ejecutivo envió al Congreso

La iniciativa que Javier Milei remitió al Senado puso fin a las especulaciones sobre su contenido, que incluye modificaciones en vacaciones, horas extras e indemnizaciones, entre otras.

Luego de semanas de expectativa en torno a la reforma laboral, Javier Milei firmó este jueves el proyecto de ley, que fue girado al Senado para su tratamiento y difundido de forma oficial. Así, se puso fin a las especulaciones sobre su contenido, que incluye modificaciones en el período de descanso e indemnizaciones, entre otros puntos centrales.

Para las vacaciones, la normativa propone un régimen más flexible para empresas y trabajadores al establecer que el empleador debe conceder el goce de ese derecho entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente, como es en la actualidad, pero aclara que las partes podrán pactar fechas diferentes fuera de ese plazo. Además, señala la imposibilidad de fraccionarlas en tramos inferiores a siete días.

A su vez, introduce los conceptos de "banco de horas" y "francos compensatorios" como sistema de recompensa del tiempo extraordinario trabajado, que permitiría retribuir las jornadas más extensas de lo habitual con otras más breves. 

Ese mecanismo, de carácter voluntario, deberá ser formalizado por escrito y establecer un método de control "que permita a ambas partes registrar las horas efectivamente trabajadas y las horas disponibles para su goce por parte del trabajador".

La reforma laboral también establece cambios en las indemnizaciones por despido sin justa causa al habilitar la sustitución del régimen actual por un fondo de cese laboral "cuyo costo estará a cargo del empleador". El cálculo incluye salario básico, sumas habituales y antigüedad, pero excluye pagos extraordinarios y gratificaciones no habituales, además de fijar un piso del 67% del salario promedio del convenio aplicable y un tope de tres veces ese valor.

En cuanto al régimen salarial, detalla que podrán incorporar sumas fijas, variables y beneficios sociales, como comedor y reintegros médicos, consolidando a estos últimos como no remunerativos, sin aportes ni contribuciones. A su vez, habilita la creación de componentes remunerativos dinámicos (fijos o variables) por negociación colectiva o decisión unilateral, y exige que todo salario sea abonado por acreditación bancaria o medios electrónicos. Además, prevé la posibilidad de liquidar sueldos en moneda local o extranjera.

Respecto de los convenios colectivos, elimina la ultraactividad (o continuidad aún después de expirados) y establece que al vencer un acuerdo no mantendrá sus efectos en el transcurso de tiempo hasta la firma de uno nuevo. La iniciativa también simplifica el sistema de recibos digitales e impulsa la trazabilidad mediante herramientas tecnológicas y restringe la aplicación extensiva o analógica de los tratados, ya que solo regirán para sus partes y su ámbito directo.

En materia de formalización laboral, apunta a un registro centralizado ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) como única validación necesaria, y se fortalece la presunción a favor del trabajador cuando exista omisión de registración.

Sobre los procedimientos judiciales, redefine el esquema de actualización de créditos laborales al vincularlos al Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% anual y prohibir intereses sobre intereses salvo mora posterior a sentencia firme. En juicios en trámite se aplicará el criterio de interés moratorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA), con límites superiores e inferiores para evitar desbalances.

El texto incluye asimismo modificaciones en las prácticas sindicales, ya que fija regulaciones que reconfiguran el rol gremial en ciertos casos: la inmunidad o tutela sindical ante eventuales despidos o suspensiones sin causa justa o modificación de las condiciones de empleabilidad "regirá solamente para los delegados o representantes gremiales legalmente electos y que ocupen los cargos de titulares", de los cuales quedan excluidos los empleados eventuales. No obstante, omite referirse a la "cuota solidaria", punto de controversia con las centrales obreras.

Por otro lado, alcanza a  un los trabajadores de plataformas tecnológicas a través de la creación del Régimen de Servicios Personales de Reparto y Mensajerías, por el cual deben registrarse en ARCA, realizar aportes y contar con cobertura social. 

Además, les otorga libertad para "aceptar y/o rechazar solicitudes según su conveniencia y oportunidad" y el derecho de recibir el 100% de las propinas recibidas en la aplicación.

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