Régimen Penal Juvenil

Baja de la edad de imputabilidad: los principales cambios impulsados por la normativa aprobada

Los legisladores del oficialismo y sus aliados dieron luz verde al Régimen Penal Juvenil, que reduce de 16 a 14 años la punibilidad y fija en 15 años la pena máxima por delitos graves cometidos por menores. Los detalles del texto que ahora deberá aprobar el Senado.

Después de otra jornada legislativa maratónica, este jueves Diputados aprobó el proyecto del Gobierno de Régimen Penal Juvenil, con lo que dio media sanción a la iniciativa que baja de 16 a 14 años la edad de imputabilidad y fija como plazo máximo de pena los 15 años de cárcel en el caso de comisión de delitos graves.

La iniciativa, promovida por la Casa Rosada y con respaldo de los aliados de La Libertad Avanza y legisladores dialoguistas, ahora pasará al Senado para que se transforme en ley.

Entre los principales cambios, además de la edad desde la que se considerable penalmente responsable a un menor y la condena máxima, el texto con luz verde de la Cámara baja establece en el artículo 51, bajo el título de Asignación Presupuestaria, un monto de $23.739 millones para su implementación. Esta cifra para la financiación y el cambio de 13 a 14 años fueron los cambios que había introducido el Ejecutivo justo antes del tratamiento en el Congreso, con el fin de asegurarse el aval de las bancadas afines.

La decisión del Ejecutivo nacional acompañada por la oposición menos férrea, apunta, según remarcó el titular de la Cámara baja, Martín Menem, a "terminar con la impunidad". En esa línea, advirtió: "Argentina no podía seguir legislando con parámetros de otra época mientras el delito juvenil crece y el Estado mira para otro lado".

Según el nuevo sistema, la pena máxima de 15 años sólo se aplicará en casos de crímenes graves como homicidios, abusos sexuales o secuestros. Asimismo, la letra del proyecto aclara que la privación de la libertad en los menores desde los 14 años será el "último recurso": es decir, la prioridad serán otras sanciones como tareas comunitarias, impedimentos de aproximación a las víctimas o medidas de reparación del daño provocado.

En tanto, un punto central -que habrá que ver cómo y cuán rápido se operativiza- es la creación de institutos especiales donde los condenados que no alcanzan los 18 años tengan garantizado el derecho a recibir educación y el acceso a la atención en materia de salud.

Además, está previsto que todo el personal de los lugares de reclusión para los menores de edad con sentencia esté capacitado y especializado en infancia y adolescencia. Y queda prohibida la convivencia con presos adultos.

Otras herramientas alternativas de penalización, además de las mencionadas, son: el monitoreo electrónico, la limitación de asistencia a determinados lugares y la negativa a conducir vehículos. Todos los casos de opción de reemplazo de la prisión efectiva sólo podrán aplicarse en caso de sanción hasta 3 años, extensible a diez si no hubo muerte ni violencia extrema durante la concreción del delito.

Por otra parte, ese beneficio requiere siempre dictamen favorable del Ministerio Público Fiscal, que primero deberá escuchar a la víctima antes de expedirse. El proceso podrá ser suspendido a prueba, con mediación penal juvenil, en el caso de infracciones leves, con intervención obligatoria de todas las partes y consentimiento expreso del damnificado.

En complemento, como parte de la resocialización, se incluyen programas educativos, de formación ciudadana, capacitación laboral, actividades culturales y deportivas, además de asistencia psicológica y médica, entre otros mecanismos de ayuda. Está proyectado, también, el abordaje especializado para situaciones de salud mental, consumos problemáticos y violencia familiar precedentes.

La observancia de todos estos aspectos estará controlado por un supervisor especializado, designado por el juez. La persona designada deberá contar con formación en las áreas de la educación, la psicología, el trabajo social o la prevención y tratamiento de adicciones.

El nuevo régimen entraría en vigor seis meses después de reglamentarse, ya que ese es el tiempo calculado para que el Servicio Penitenciario Federal y los pares de las provincias puedan adecuar las instalaciones.

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